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La Suscripción Obligatoria del Seguro de Decenal de
Daños, se exige como requisitos previos para la obtención de licencia
de primera Ocupación, escrituración e inscripción de los
actos de transmisión de las vividas o edificios. Enlazando con
las obligaciones del usuario en materia de conservación de la edificación,
una vez concluido el proceso constructivo, la ley positiva la figura de las entidades
y laboratorios de control de calidad de la edificación, respecto de las
obligaciones de promotores y constructores, así con las formulas mas optimas
de aseguramiento de dichas responsabilidades. >
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